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Sentencia absolutoria por acusación de agresión sexual

Acusado por agresión sexual: J.J.P.T. absuelto en la sentencia 286/2025

En agosto de 2021, el Sr. J.J.P.T era detenido por un presunto delito de agresión sexual con acceso carnal, ahora delito de violación, y por un delito de amenazas graves.

Celebrada la comparecencia de prisión tras su detención, se acordó su puesta en libertad durante la instrucción de la causa.

Tras más de tres años de instrucción, en fecha 24 de febrero de 2025 se celebró el Juicio del Sumario ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ValenciaEl 6 de mayo de 2025, se dictó la sentencia 286/2025, en la que se declaró la absolución de J.J.P.T. de todos los cargos por los que había sido acusado,  marcando el final de un largo proceso judicial 

La Acusación Pública,  ejercida por el Ministerio Fiscal, solicitó en su escrito de acusación la pena de 15 años de prisión por el delito de agresión sexual con acceso carnal sobre persona especialmente vulnerable; así como la pena de un año de prisión por el delito de amenazas graves. Adicionalmente, interesaba el Ministerio Fiscal una libertad vigilada tras el tiempo en prisión de diez años, y una indemnización para la denunciante de 15.000 euros. Durante la celebración del Juicio, la Acusación Pública modificó las penas solicitadas, interesando la condena del Sr. J.J.P.T por un delito de agresión sexual a la pena de 9 años de prisión. 

Por su parte, la Acusación particular solicitó para el Sr. J.J.P.T la pena de 15 años de prisión por el delito de agresión sexual y 1 año de prisión por el delito de amenaza graves, además de una responsabilidad civil de 30.000 euros.

Defensa por agresión sexual: estrategia y pruebas clave

La defensa fue ejercida por la abogada Marina Cases Sánchez, del despacho CB&P Abogados, quien desarrolló una estrategia legal minuciosa. Esta se centró en impugnar el relato de la denunciante y en aportar pruebas clave que desmontaban la versión de los hechos.

Entre dichas pruebas se incluyeron la geolocalización del teléfono móvil del acusado, testigos directos y análisis forenses que contradecían el testimonio de la supuesta víctima. Asimismo, se identificaron contradicciones sustanciales en las declaraciones, lo que generó serias dudas sobre su veracidad.

Tras examinar las pruebas, el tribunal concluyó que no se pudo acreditar la presencia del acusado en el lugar de los hechos. Aplicando el principio de presunción de inocencia, la Audiencia provincial de Valencia dictó una sentencia absolutoria por agresión sexual, sin imposición de costas ni mantenimiento de las medidas cautelares.

Este caso demuestra la importancia de una defensa penal especializada y refuerza el valor de la presunción de inocencia como garantía fundamental en el Estado de Derecho.

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